¿Se puede canjear tu carnet de conducir en España?
Elige el país de tu carnet y te lo decimos: si se canjea, cuánto cuesta y cuánto tiempo puedes conducir con él.
No encontramos ese país. Prueba con otro nombre o mira la lista de abajo.
- 33 países
- con convenio: se canjea sin examen en coche y moto
- 28,87 €
- de tasa del canje, sin pruebas
- 6 meses
- para conducir con tu carnet desde que resides en España
Clases y pruebas, en general
| Clase | Pruebas |
|---|---|
| Coche y moto A1, A, B, B+E | Sin pruebas en los países con convenio |
| Camión y autobús C, D… | Con pruebas, salvo excepciones: sin pruebas en Andorra, Corea del Sur, Japón, Mónaco, Suiza y Reino Unido; Nueva Zelanda solo canjea A y B |
| Países de la UE y el EEE | No necesitan canje |
Fuente: tabla de países con convenio de la DGT, consultada el 28 de octubre de 2026.
Cómo funciona
- 1
Elige tu país
Escribe el nombre en el buscador o búscalo en la lista.
- 2
Mira la respuesta
Sí, no o depende, con lo que cuesta y el plazo para conducir con tu carnet.
- 3
Si quieres, pide el kit
Una guía paso a paso con tu fecha límite, tus papeles y todos los enlaces oficiales.
Kit de canje
Tu canje, paso a paso
La respuesta de arriba es general. La guía del kit es lo tuyo: el paso a paso con tu fecha, tu país y todos los enlaces.
- Guía paso a paso, explicada para quien nunca ha hecho un trámite en España
- Todos los enlaces oficiales y los detalles: qué te piden, cuánto cuesta, cuánto tarda
- Recordatorios con checklist para tu calendario y tus papeles
- Tu fecha límite calculada
Todos los países
33 con convenio, 29 de la UE y el EEE y 34 sin convenio. Pulsa el tuyo.
Sí, se canjea 33
El país tiene convenio con España.
UE y EEE: no hace falta 29
Tu carnet vale en España; canjearlo es voluntario.
No se canjea 34
No hay convenio: hay que sacar el permiso español.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo puedo conducir en España con mi carnet extranjero?
Si no es de la UE/EEE, hasta 6 meses desde que tienes la residencia en España. Pasado ese plazo deja de valer para conducir aquí.
¿Cuánto cuesta canjear el carnet?
La tasa es de 28,87 € si no hay pruebas y de 94,05 € si el canje exige pruebas, como en camión y autobús de algunos países. El informe médico se paga aparte.
¿Qué pasa si mi país no tiene convenio?
No se puede canjear y hay que sacar el permiso español, con examen teórico y práctico. Mientras tanto puedes conducir con el tuyo 6 meses desde la residencia.
¿Y si mi carnet es de la UE o del EEE?
Vale para conducir en España mientras esté en vigor. El canje es voluntario, sin examen y con tasa de 28,87 €.
Fuentes oficiales y fechas
Datos consultados el . Cada dato de esta página sale de estas fuentes oficiales.
Enlaces
- DGT - Países con los que existe tratado o convenio de canjes (act. 26/06/2026)
- DGT - Canje de permisos de países extracomunitarios (act. 28/04/2025)
- DGT - Canjes de permisos extranjeros (act. 26/11/2024)
- Sede DGT - Canje de permisos extranjeros (índice por país)
- Sede DGT - Canje de permisos de la UE y EEE
- Sede DGT - Canje de países sin convenio (conductores profesionales)
- DGT - Conducir con un permiso extranjero (act. 13/11/2020)
- DGT - Permisos válidos para conducir en España (act. 13/11/2020)
- BOE - Real Decreto 818/2009, Reglamento General de Conductores (consolidado, act. 06/12/2023)
- BOE - Acuerdo España-Reino Unido sobre canje de permisos (BOE-A-2023-8050)
- BOE - Aplicación provisional íntegra del Acuerdo con el Reino Unido desde 21/06/2023 (BOE-A-2023-16289)
- Sede DGT - Impreso Mod. 03-ES (solicitud de canje)
Notas, normas y lecturas
- Un permiso de un país fuera de la UE/EEE solo es válido para conducir en España, como máximo, durante 6 meses contados desde que el titular adquiere su residencia normal en España (debe además estar en vigor y el titular tener la edad exigida en España para el permiso equivalente). Si no acredita residencia normal, valen 6 meses desde la entrada regular en territorio español. Pasado ese plazo el permiso carece de validez para conducir en España: hay que canjearlo (si hay convenio) o obtener el permiso español con examen. El canje puede pedirse desde el mismo momento en que se adquiere la residencia, sin esperar a los 6 meses. Artículos: RGC (RD 818/2009) art. 21.2.c (plazo de 6 meses), art. 21.3 (pérdida de validez y obtención de permiso español), art. 22.1 (seguir conduciendo previo canje) y art. 22.2 (canje desde la residencia, sin esperar los 6 meses).
- Ni el RGC (arts. 22-23) ni las páginas de la DGT consultadas fijan un plazo máximo para solicitar el canje. Condiciones que sí se exigen: ser residente, que el permiso esté en vigor y sea válido, y que se hubiera obtenido antes de ser residente legal en España (o antes de la firma del convenio, según la DGT). Tras los 6 meses el permiso extranjero deja de valer para conducir en España (art. 21.3), de modo que se debe dejar de conducir hasta completar el canje. Excepción: Reino Unido admite permisos caducados si estaban en vigor al entrar en España. No se ha localizado en fuente oficial la sanción concreta por conducir pasados los 6 meses.
- Importes confirmados en la tabla de convenios (act. 26/06/2026) y en las páginas de sede de cada grupo. El PDF antiguo 'Importe_de_Tasas.pdf' de la sede aún muestra 28,58 / 93,12 EUR (desfasado). No se pudo abrir el catálogo oficial de tasas (error 500 al consultarlo); la denominación oficial de la 2.3 en el catálogo ('Obtención de permisos o licencias por pérdida de puntos') procede de un resultado de búsqueda, no verificada directamente. Además, el informe psicofísico (CRC) se paga aparte y su precio es libre y no figura en fuente oficial.
- Si el país no figura en el listado de convenios (ni es UE/EEE), no se puede canjear y hay que obtener un permiso español (previa comprobación de requisitos y superación de las pruebas correspondientes: RGC art. 21.3). Única excepción: conductores profesionales (contrato ≥ 6 meses en empresa con presencia en España, cotización a la Seguridad Social, sin privación del derecho a conducir, prueba de aptitudes y comportamientos en circulación de máx. 30 min, informe psicofísico, traducción oficial, tasa 2.1 de 94,05 €). Artículos: RGC art. 21.3 y art. 22.1.b.
- Los permisos de la UE y del EEE (Islandia, Liechtenstein, Noruega) son válidos para conducir en España mientras estén en vigor. El canje es voluntario, sin examen, y se paga la tasa 2.3 (28,87 €). Hay que renovar el permiso si no tiene fecha de caducidad o su vigencia supera 15 años (AM, A1, A2, A, B, B+E) o 5 años (C/D) una vez pasados 2 años de residencia normal en España. Sustitución de oficio en casos de adaptaciones, sanciones con pérdida de puntos o nulidad (art. 19 RGC). Suiza no es UE/EEE: tiene convenio bilateral (ver su ficha). Artículos: RGC arts. 15, 16, 17, 18 y 19.